La reforma agraria en Colombia merece todos nuestros esfuerzos por la construcción de la paz total.
La adquisición por enajenación voluntaria de unidades prediales se realiza según lo dispuesto en el Artículo 31 de la Ley 160 de 1994 y la Ley 2294 de 2023 y demás normas, para generar equidad en el país, avanzar en la seguridad alimentaria, cumplir con el acuerdo de paz y pagar la tierra a los legítimos propietarios a precios justos.